Els col·legis Nacionals Cientítico-Tecnològics, a travérs d'una nota de premssa difosa a través de l’agència
Europa Press, han denunciat avui que la futura llei de serveis professionals
repercutirà negativamente en els ciutadas. Aquests col·legis apleguen a químics,
geòlegs, físics i biòlegs. Lamenten que “si s’aplica la llei projectada pel
Ministeri d’Economia i Competitivitat es perdrà l’oportunitat de lliberitzar
veritablement els serveis procfessionals”. A continuació us adjunto la seva
nota de premsa:
Madrid, 14 de enero de 2013.- El anteproyecto
de Ley de Servicios Profesionales conllevará una merma a la libre competencia
entre profesionales. Así lo manifiestan los Consejos Generales y Colegios
Nacionales Científico-Tecnológicos (Químicos, Físicos, Geólogos y Biólogos)
tras analizar el documento dado a conocer por el Ministerio de Economía, y que
contiene las líneas básicas del anteproyecto.
Apuntan que la colegiación es un
requisito que debe ser exigido a todo profesional que lleve a cabo una
actividad con trascendencia para la salud, la seguridad y el medio
ambiente, como lo son las que estos colectivos representan.
No se puede hablar de
liberalización cuando lo anunciado contiene medidas que fortalecerán la
preeminencia de las actividades desarrolladas por unos profesionales sobre las
mismas actividades desarrolladas por otros al menos tan igual de capacitados.
La consideración de profesiones
reguladas, no reguladas, tituladas, colegiadas y no colegiadas generará
confusión en la percepción del consumidor y la no eliminación de todas
las barreras de acceso de los profesionales a las Relaciones de Puestos de
Trabajo (RPT) y a las licitaciones de los Pliegos de condiciones de las
contrataciones de las Administraciones Públicas, que actualmente se producen,
no hará sino agrandar lo que estas profesiones llevan poniendo de manifiesto a
lo largo de muchos años ante las distintas autoridades.
No resulta proporcionado que
a profesionales con actividades análogas (en sanidad, proyectos, dirección
de obra,…) se les otorgue condiciones o reservas de actividad diferentes a la
de los profesionales científico-tecnológicos, cuya formación les ha permitido
el acceso al ejercicio de las mismas actividades.
Los diferentes profesionales
deben de gozar de las mismas atribuciones, de acuerdo con sus competencias
específicas derivadas de sus títulos académicos, del desarrollo profesional
continuo y de la experiencia profesional certificada por entidades y
corporaciones de derecho público.
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